Para grupos, organizaciones o asociaciones formadas mínimo por 10 o más personas.
El carné de alberguista de grupo se emitirá preferentemente a nombre y CIF de la organización, asociación o grupo, pudiéndose también emitir a nombre y NIF de la persona física responsable del mismo.
Únicamente podrá ser utilizado si se presentan en el albergue un número mínimo de 10 personas integrantes del grupo.